Legislación › Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.
Artículo 59. Cesiones sucesivas.
Artículo 59. Cesiones sucesivas.
Los derechos de uso privativo del dominio público radioeléctrico que hayan sido cedidos no podrán ser objeto de nuevas cesiones sucesivas y simultáneas en el tiempo.


