Legislación › Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 2009 y la del 1 de enero de 2011.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (735 palabras).
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ANEXO II
Plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago
Modelo
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Plazo
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100
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Desde el día 2 de mayo hasta el 23 de junio.
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102
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Desde el día 2 de mayo hasta el 23 de junio.
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110
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
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111
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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115 (*)
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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117 (*)
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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123 (*)
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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124 (*)
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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126 (*)
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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128 (*)
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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130
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio y octubre, y desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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131
·
Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio y octubre, y desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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200 (**) (*)
·
Desde el día 1 hasta el 20 del mes de julio.
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202
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, octubre y diciembre.
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206 (**) (*)
·
Desde el día 1 hasta el 20 del mes de julio.
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210 (***)
·
Desde En el caso de tipo de renta 02 (rentas imputadas de inmuebles urbanos): desde el día 1 de enero hasta el 23 de diciembre. diciembre; Resto de tipo de rentas, excepto la 28 (ganancias derivadas de la transmisión de bienes inmuebles): desde el día 1 hasta el día 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
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213
·
Desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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215 216
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
· Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio,
216 (*)
· octubre septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero.
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220 (**) (*)
·
Desde el día 1 hasta el 20 del mes de julio.
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222
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, octubre y diciembre.
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303 (*)
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio y octubre, y desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, y desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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310
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio y octubre.
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311
·
Desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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353
·
Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, y desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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370
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Desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, julio y octubre.
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371
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Desde el día 1 hasta el 25 del mes de enero.
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(*) Solo 430
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Desde el día 1 hasta el 15 del mes siguiente a la finalización del correspondiente periodo de liquidación mensual, excepto la correspondiente al mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los primeros quince días naturales del mes de septiembre.
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560
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 al 15 del mes siguiente a aquél en finaliza el trimestre en que se han producido los casos devengos.
Obligación mensual de periodicidad trimestral. presentación: Desde el día 1 al 15 del mes siguiente a aquél en finaliza el mes en que se han producido los devengos.
(**) Solo ·
561
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 al 15 del segundo mes siguiente a aquél en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 al 15 del tercer mes siguiente a aquél en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
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562
·
Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 al 15 del segundo mes siguiente a aquél en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 al 15 del tercer mes siguiente a aquél en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
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563
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Obligación trimestral de presentación: Desde el día 1 al 15 del segundo mes siguiente a aquél en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.
Obligación mensual de presentación: Desde el día 1 al 15 del tercer mes siguiente a aquél en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
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564
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Desde el día 1 hasta el 15 del mes siguiente a aquél en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
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566
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Desde el día 1 hasta el 15 del mes siguiente a aquél en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
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595
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Desde el día 1 al 15 del mes siguiente a aquél en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.
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(*) Sólo cuando el periodo período impositivo finalice el día 31 de diciembre.
(***) Exclusivamente para la clave de tipo de renta 02 (rentas imputadas de inmuebles urbanos).


