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Legislación › Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.

Artículo 7. Costes de comercialización.

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Artículo 7. Costes de comercialización.
1. El término Los términos fijo y variable del coste de comercialización se establece en 1,42 €/mes, tanto para los clientes en la tarifa TUR.1 como en la TUR.2.
2. El coste
aplicable a todas las tarifas de comercialización variable último recurso se establece establecen en 1,42 €/mes y 0,083 cts/kWh, tanto para los consumos de la tarifa TUR.1 como para los de la tarifa TUR.2. respectivamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-15776 Leer Qué cambió
24 de junio de 2009 Texto original Leer

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