Legislación › Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.
Artículo 7. Costes de comercialización.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de junio de 2009 y la del 1 de octubre de 2021.
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Artículo 7. Costes de comercialización.
1. El término Los términos fijo y variable del coste de comercialización se establece en 1,42 €/mes, tanto para los clientes en la tarifa TUR.1 como en la TUR.2. aplicable a todas las tarifas de
2. El costecomercialización variable último recurso se establece establecen en 1,42 €/mes y 0,083 cts/kWh, tanto para los consumos de la tarifa TUR.1 como para los de la tarifa TUR.2. respectivamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-15776 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


