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Legislación › Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.

Artículo 8. Determinación del coste de la materia prima.

Artículo 8. Determinación del coste de la materia prima.

El coste de la materia prima Cn se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Cn (cts / kWh) = [α × REn + (1 – α)× RBn] × (1 + PRQ)×(1 + MERM)

donde:

– α: Ponderación del gas estacional, tendrá valor de 0,579 en el primer trimestre, 0,467 en el cuarto y 0 en los trimestres segundo y tercero.

– REn: Referencia internacional del gas estacional, expresada en cent€/kWh, que se determina como promedio de las cotizaciones de los futuros mensuales del “National Balancing Point” (NBP) del Reino Unido para entregas en los tres meses del trimestre “n”. Se tomarán los valores publicados por el Intercontinental Exchange (ICE) “UK Natural Gas (monthly)” desde el día 6 al día 20 del mes anterior al trimestre “n”, ambos incluidos, y para cada día se tomará la media aritmética de los “settlement prices” publicados para cada uno de los tres meses del trimestre. Las cotizaciones de cada uno de los días se convertirán de pence/therm a cent€/kWh utilizando el tipo de cambio diario, o el del último día disponible, publicado por el Banco Central Europeo, y aplicando el factor de conversión de 29,307 kWh/therm.

– RBn: Referencia internacional del gas de base, expresada en cts€/kWh y calculada mediante la siguiente fórmula:

donde:

– Brentn: Media semestral expresada en $/barril de las cotizaciones del crudo Brent en el semestre anterior al trimestre de referencia “n”. Para su cálculo se utilizarán las medias mensuales expresadas en $/Bbl y publicadas en el “Platts Oilgram Price Report” o en el “Platts nPLCrude”. En ausencia de valores mensuales publicados, se tomará la media diaria de las cotizaciones baja y alta del “Brent Dated” publicada diariamente en el “Platts POM” o “nPLCRUDE”. Para el último mes se tomarán las cotizaciones correspondientes a los días 1 a 20 inclusive.

– En: Cambio medio $/€ en el trimestre anterior al del mes de cálculo, calculado a partir de las cotizaciones diarias Dólar/Euro publicadas por el Banco de España o el Banco Central Europeo. Para el último mes del período se considerarán exclusivamente las cotizaciones del día 1 al 20 inclusive.

– MERM: Coeficiente de mermas se determinará de acuerdo con la siguiente fórmula, en la que se utilizan parámetros definidos en el artículo seis:

MERM = mD + mT+ mR × % GNL.

– PRQ: Prima por riesgo de cantidad, calculada de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.

Se modifica por el art. único de la Orden TEC/1368/2018, de 20 de diciembre. BOE-A-2018-17608

Se modifica por la disposición final 2.2 de la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre. BOE-A-2015-13783.

Se modifican las definiciones de los términos βSI y βSB por la disposición final 4.1 de la Orden IET/2812/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2012-15767.

Se modifican las definiciones de los términos BR6O y TO por la disposición final 3 de la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre. BOE-A-2010-20003.

Se modifican las definiciones de los términos α, βSI, βSB, Pi n y Pb n por el art. único.4 de la Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio. BOE-A-2010-9236.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de diciembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-17608 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2015-13783 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2012-15767 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2010-20003 Leer Qué cambió
12 de junio de 2010 BOE-A-2010-9236 Leer Qué cambió
24 de junio de 2009 Texto original Leer

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