Legislación › Real Decreto 949/2009, de 5 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de biodigestión de purines.
Artículo 14. Distribución territorial de las subvenciones.
Artículo 14. Distribución territorial de las subvenciones.
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino transferirá a las comunidades autónomas, salvo al País Vasco y a Navarra por su especial régimen de financiación, las cantidades correspondientes para atender al pago de las subvenciones reguladas por este real decreto, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 23 de noviembre, General Presupuestaria.
Para cada ejercicio presupuestario se establecerá, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y teniendo en cuenta, en su caso, los remanentes de los fondos resultantes al finalizar dicho ejercicio que se encuentren en poder de las comunidades autónomas, la cantidad máxima correspondiente a cada una de ellas.


