Legislación › Orden IGD/1661/2009, de 17 de junio, por la que se regulan las características y las condiciones de otorgamiento y empleo de la Medalla y la Placa a la Promoción de los Valores de Igualdad.
Octavo.
Octavo.
La Medalla y la Placa podrán ser exhibidas por sus titulares. La Medalla podrá utilizarse habitualmente en forma de miniatura o de insignia de solapa con las dimensiones al uso. Los titulares de la Placa podrán hacer constar su posesión en sus respectivos impresos, documentos, anuncios o publicidad.


