Legislación › Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 2009 y la del 9 de noviembre de 2014.
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Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto regular las condiciones básicas de titulación profesional aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles, así como las atribuciones que corresponde a cada uno de los títulos que se regulan en este real decreto, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, en su forma enmendada de 1995 (Convenio STCW -78/95).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11560 | Leer | Qué cambió |
| 2 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


