LexTotal

Legislación › Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 2009 y la del 9 de noviembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto regular las condiciones básicas de titulación profesional aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles, así como las atribuciones que corresponde a cada uno de los títulos que se regulan en este real decreto, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, en su forma enmendada de 1995 (Convenio STCW -78/95).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11560 Leer Qué cambió
2 de octubre de 2009 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →