Legislación › Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León.
Disposición adicional tercera. Colaboración económica.
Disposición adicional tercera. Colaboración económica.
1. La Junta de Castilla y León, para apoyar el desarrollo de las actuaciones previstas en esta ley, promoverá la correspondiente colaboración económica con las Corporaciones Locales.
2. La Junta de Castilla y León dispondrá ayudas económicas destinadas a la implantación en las empresas de programas, procedimientos y tecnologías destinados a la prevención, reducción y control de sus emisiones sonoras.
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