Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 272. Protección de la legalidad y Registro de la Propiedad.
Artículo 272. Protección de la legalidad y Registro de la Propiedad.
Los actos dictados en materia de disciplina urbanística serán inscribibles en el Registro de la Propiedad en los supuestos establecidos en la normativa estatal de aplicación.
Se modifica por el art. único.162 de la Ley autonómica 4/2013, de 23 de mayo. BOE-A-2013-6875.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de agosto de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6875 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2009 | Texto original | Leer |


