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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 272. Protección de la legalidad y Registro de la Propiedad.

Artículo 272. Protección de la legalidad y Registro de la Propiedad.

Los actos dictados en materia de disciplina urbanística serán inscribibles en el Registro de la Propiedad en los supuestos establecidos en la normativa estatal de aplicación.

Se modifica por el art. único.162 de la Ley autonómica 4/2013, de 23 de mayo. BOE-A-2013-6875.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de agosto de 2013 En vigor BOE-A-2013-6875 Leer Qué cambió
30 de septiembre de 2009 Texto original Leer

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