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Legislación › Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.

Artículo 6. Enumeración.

Artículo 6. Enumeración.

Son órganos de la Comunidad Autónoma específicamente encargados del desarrollo de la función pública de ordenación del territorio:

a) La Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial, como órgano permanente de coordinación interdepartamental.

b) El Departamento competente en materia de ordenación del territorio, como órgano administrativo y ejecutivo general.

c) El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, como órgano representativo de coordinación general y consultivo.

d) El Centro de Información Territorial de Aragón, como servicio técnico.

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