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Legislación › Ley 5/2008, de 19 de diciembre, de creación del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 44. Recursos y reclamaciones.

Artículo 44. Recursos y reclamaciones.

1. Los actos y resoluciones dictados por la Dirección del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo en el ejercicio de potestades administrativas ponen fin a la vía administrativa y podrán ser recurridos potestativamente en reposición o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

2. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales serán resueltas por el Director del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se modifica el apartado 1 por el art. 19.10 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre. BOE-A-2024-1373

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1373 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2008 Texto original Leer

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