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Legislación › Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.

Artículo 41. Principios generales, objetivos y organización del Bachillerato.

Artículo 41. Principios generales, objetivos y organización del Bachillerato.

1. Los principios generales, los objetivos y la organización del Bachillerato se desarrollarán de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. Además, el Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan:

a) Consolidar actitudes que contribuyan al desarrollo sostenible.

b) Desarrollar, aplicar y potenciar las competencias básicas adquiridas por los alumnos en la educación básica.

c) Profundizar en el conocimiento del patrimonio histórico, artístico, cultural y natural, y de las tradiciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, afianzando actitudes que contribuyan a su valoración, difusión conservación y mejora.

3. La Administración educativa promoverá un incremento progresivo de la oferta de plazas de Bachillerato en la modalidad de Artes.

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