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Legislación › Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.

Artículo 50. Transición entre las enseñanzas de Formación profesional inicial y estudios posteriores.

Artículo 50. Transición entre las enseñanzas de Formación profesional inicial y estudios posteriores.

1. Corresponde a la Consejería de Educación establecer las medidas y los procedimientos para asegurar una adecuada transición del alumnado entre las enseñanzas de Formación profesional inicial y estudios posteriores.

2. Las medidas y procedimientos a los que se refiere el apartado anterior deberán, en todo caso, favorecer la adecuada atención educativa a la diversidad del alumnado.

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