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Legislación › Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.

Artículo 54. Centros de referencia nacional.

Artículo 54. Centros de referencia nacional.

La Consejería de Educación colaborará con los centros de referencia nacional que se implanten en la Comunidad Autónoma de Cantabria, especializados en los distintos sectores productivos, a los que se refiere el artículo 11 de la Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en cuantas actuaciones favorezcan la innovación y la experimentación en materia de Formación profesional.

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