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Legislación › Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.

Artículo 57. Colaboración con la Universidad de Cantabria.

Artículo 57. Colaboración con la Universidad de Cantabria.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 55 de esta Ley, la Consejería de Educación y la Universidad de Cantabria colaborarán para impulsar las convalidaciones entre estudios universitarios y estudios de Formación profesional inicial de grado superior que dicha Universidad, en el marco de su autonomía, desee establecer.

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