Legislación › Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Se faculta al Gobierno de Navarra y al Consejero titular del Departamento competente en materia de museos para dictar en los veinticuatro meses siguientes a la entrada en vigor de la misma, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Ley Foral.
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