Legislación › Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.
Artículo 22. Régimen patrimonial.
Artículo 22. Régimen patrimonial.
1. El patrimonio de Aeropuertos de Cataluña está constituido por los bienes que tiene adscritos y los que adquiera en virtud de cualquier título de conformidad con la presente ley.
2. La gestión del patrimonio de Aeropuertos de Cataluña se ajusta a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del estatuto de la empresa pública catalana, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la legislación sobre el patrimonio de la Generalidad.
Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto-ley 5/2013, de 22 de octubre. BOE-A-2014-969.
Téngase en cuenta que, a causa de su no convalidación parlamentaria, este Decreto-ley queda derogado con fecha 9 de diciembre de 2013, por Resolución 477/X, de 13 de enero de 2014. DOGC-f-2014-90535 (DOGC núm. 6545, de 22 de enero de 2014)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de octubre de 2013 En vigor | BOE-A-2014-969 | Leer | Qué cambió |
| 17 de agosto de 2009 | Texto original | Leer |


