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Legislación › Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado.

Artículo 28. Registro de Servicios de Mediación Ciudadana.

Artículo 28. Registro de Servicios de Mediación Ciudadana.

Se crea el Registro de Servicios de Mediación Ciudadana para facilitar el acceso de los usuarios al servicio de mediación. La estructura y gestión de este registro deben establecerse reglamentariamente.

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