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Legislación › Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.

Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos.

Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos.

En el procedimiento tramitado deberá acreditarse la concurrencia de las causas que justifiquen la necesidad de prestación del servicio y la conveniencia de concertación con una entidad pública o privada de iniciativa social.

Se modifica por la disposición final 1.8 de la Ley 11/2016, de 15 de diciembre. BOE-A-2017-491

Se modifica por la disposición final 1.h) del Decreto-ley 1/2016, de 17 de mayo. BOA-d-2016-90363

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de diciembre de 2016 En vigor BOE-A-2017-491 Leer Qué cambió
20 de mayo de 2016 BOE-A-2016-90363 Leer Qué cambió
11 de julio de 2009 Texto original Leer

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