Legislación › Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de julio de 2009 y la del 20 de mayo de 2016.
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Artículo 30. Procedimiento Transparencia de celebración costes de los conciertos. prestación de servicios.
1. La celebración Los costes de los conciertos deberá ajustarse a la regulación básica establecida para dicha forma de gestión en la legislación directa, indirecta o concertada de contratos del sector público. la
2. En el procedimiento tramitado deberá acreditarseconcurrencia prestación de las causas que justifiquen la necesidad los servicios regulados en esta Ley serán públicos y deberán expresarse de concertación con una entidad privada forma general o por prestación y usuario por parte de servicios sociales. la entidad gestora, actualizándose cuando se produzcan variaciones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de diciembre de 2016 En vigor | BOE-A-2017-491 | Leer | Qué cambió |
| 20 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-90363 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2009 | Texto original | Leer |


