Legislación › Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de mayo de 2016 y la del 21 de diciembre de 2016.
Tachado: lo que se quitó (40 palabras). Subrayado: lo que se añadió (29 palabras).
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Artículo 30. Transparencia de costes Procedimiento de prestación celebración de servicios. los conciertos.
Los costes de En el procedimiento tramitado deberá acreditarse la gestión directa, indirecta o concertada concurrencia de las causas que justifiquen la prestación de los servicios regulados en esta Ley serán públicos y deberán expresarse necesidad de forma general o por prestación del servicio y usuario por parte de la conveniencia de concertación con una entidad gestora, actualizándose cuando se produzcan variaciones. pública o privada de iniciativa social.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de diciembre de 2016 En vigor | BOE-A-2017-491 | Leer | Qué cambió |
| 20 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-90363 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2009 | Texto original | Leer |


