Legislación › Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.
Artículo 7. Procedimiento para la aprobación de los cambios en la organización de formación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de octubre de 2009 y la del 10 de octubre de 2022.
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Artículo 7. Condiciones Procedimiento para la obtención aprobación de los cambios en la licencia de controlador organización de tránsito aéreo. formación.
1. Los requisitos exigidos para la obtención La persona titular del órgano de la licencia Agencia Estatal de controlador Seguridad Aérea al que corresponda el ejercicio de tránsito aéreo serán las funciones en materia de navegación aérea, es el órgano competente para resolver los siguientes: procedimientos sobre los cambios en las organizaciones de
a) Tener 21 años cumplidos.
Sin perjuiciolo anterior, la autoridad nacional formación que requieran aprobación, de supervisión competente podrá expedir, cuando conformidad con lo estime pertinente por razones objetivas, previsto en el apartado ATCO.OR.B.015 del Reglamento (UE) 2015/340 de la licencia Comisión, de controlador 20 de tránsito aéreo a aquellos solicitantes menores febrero de 21 años que, cumpliendo 2015.
El plazo máximo para resolver y notificar dicha resolución será de tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el resto registro de requisitos para la expedición Agencia Estatal de dicha licencia, hayan finalizado Seguridad Aérea. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la formación inicial y solicitud podrá entenderse desestimada conforme a lo previsto en el plan artículo 24.1, párrafo primero, de formación la Ley 39/2015, de unidad. 1 de octubre.
b) Ser titular 2. Las resoluciones del órgano de una licencia la Agencia Estatal de alumno controlador Seguridad Aérea competente en materia de tránsito aéreo, haber finalizado un plan navegación aérea no ponen fin a la vía administrativa pudiendo interponer frente a ellas recurso de formación alzada ante la persona titular de unidad previsto la dirección de la Agencia en el artículo 18 y haber superado con éxito los exámenes o evaluaciones correspondientes. plazo de un
c) Ser titularcertificado médico válido y mes desde la resolución, si el acto es expreso, o en vigor cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que debe entenderse desestimado por silencio administrativo, de acuerdo conformidad con lo dispuesto previsto en los artículos 25 y 26. 121 y
d) Haber demostrado un nivel suficiente de competencia lingüística en los idiomas ingléscastellano de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 16. 122 de
2. Para el ejerciciolas atribuciones indicadas en el artículo 8 la licencia deberá llevar anotadas una o varias habilitaciones, y las correspondientes anotaciones Ley 39/2015, de habilitación, unidad e idioma para las que se haya superado la formación. 1 de octubre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-15286 | Leer | Qué cambió |
| 17 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


