Legislación › Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.
Artículo 121. Prescripción de sanciones.
Artículo 121. Prescripción de sanciones.
Las sanciones prescriben en los mismos plazos señalados en el artículo 120, según las respectivas clases de infracción, contados desde que la resolución sancionadora alcanza firmeza en todas las vías.


