Legislación › Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.
Artículo 80. Grados de la multa.
Artículo 80. Grados de la multa.
La multa tiene tres grados, que se corresponden, respectivamente, con las infracciones leves, graves y muy graves, según los siguientes límites:
a) Infracciones leves, de 400 euros hasta 4.000 euros.
b) Infracciones graves, de 4.001 euros hasta 150.000 euros.
c) Infracciones muy graves, de 150.001 euros hasta 1.200.000 euros.
Se modifica por el art. 81.13 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 2009 | Texto original | Leer |


