Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
Artículo 22. Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Administración.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de octubre de 2013 y la del 31 de enero de 2014.
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Artículo 22. Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Administración.
1. Corresponden al presidente o presidenta del Consejo de Administración las siguientes funciones: (Derogado)
a) Asumir la representación institucional de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 24.k con relación a las funciones del director o directora de la Agencia.
b) Convocar las reuniones del Consejo de Administración.
c) Presidir las sesiones del Consejo de Administración, dirigir sus deliberaciones y dirimir los empates con el voto de calidad.
2. El presidente o presidenta del Consejo de Administración puede delegar expresamente las funciones que convenga en el vicepresidente primero o vicepresidenta primera.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2013 | BOE-A-2014-969 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


