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Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 16 de noviembre de 2009 · Último cambio el 14 de julio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo 2 redacciones · cambió el 02/08/2019
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios informadores.
- Artículo 4. El Plan interdepartamental de salud pública. 2 redacciones · cambió el 02/08/2019
- Artículo 5. Autoridad sanitaria.
- TÍTULO II
- Artículo 6. Las prestaciones en materia de salud pública.
- Artículo 7. Cartera de servicios de salud pública.
- Artículo 8. Sistema de Formación e Investigación en Salud Pública.
- Artículo 9. Sistema de Información de Salud Pública.
- Artículo 10. Comunicación y tratamiento de la información.
- Artículo 11. Seguridad de la información.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. Competencias del Gobierno. 4 redacciones · cambió el 02/08/2019
- Artículo 13. Competencias del departamento competente en materia de salud. 4 redacciones · cambió el 02/08/2019
- Artículo 14. Secretaría sectorial. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- CAPÍTULO II
- Sección Primera
- Artículo 15. Creación y naturaleza. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 16. Objeto. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 17. Funciones. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 18. Formas de gestión. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Sección Segunda
- Artículo 19. Órganos de dirección, participación y asesoramiento. 4 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 20. El Consejo de Administración. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 21. Funciones del Consejo de Administración. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 22. Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Administración. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 23. El director o directora. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 24. Funciones del director o directora. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 25. Consejo Asesor de Salud Pública. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 26. Los órganos de participación. 4 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Sección Tercera
- Artículo 27. Servicios regionales. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 28. Funciones y organización de los servicios regionales. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 29. Los directores de los servicios regionales. 4 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 30. Los sectores y los equipos de salud pública. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Sección Cuarta
- Artículo 31. Régimen jurídico. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 32. Régimen de impugnación de los actos. 4 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 33. Recursos humanos. 4 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 34. Régimen patrimonial. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 35. Recursos económicos. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 36. Contrato programa. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 37. Presupuesto. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 38. Contabilidad y control financiero. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 39. Responsabilidad. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- CAPÍTULO III
- Artículo 40. La Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 41. Objetivos de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 42. Funciones de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 43. El Plan de seguridad alimentaria.
- Artículo 44. El director o directora de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 45. Comisión Directora de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 46. Comité Científico Asesor de Seguridad Alimentaria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 47. Comunicación. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- CAPÍTULO IV
- Artículo 48. Actuaciones en salud laboral.
- Artículo 49. Consejo de Salud Laboral. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- CAPÍTULO V
- Artículo 50. Creación de la Red de Vigilancia de la Salud Pública.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 51. Creación de la red de laboratorios de salud pública. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- CAPÍTULO VII
- Artículo 52. Los servicios mínimos de los entes locales.
- Artículo 53. La prestación de servicios de salud pública de los entes locales.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Responsabilidad y autocontrol.
- Artículo 55. Intervención administrativa en protección de la salud y prevención de la enfermedad. 3 redacciones · cambió el 14/07/2020
- Artículo 55 bis. Procedimiento para la adopción de medidas en situación de pandemia declarada.(*)
- Artículo 56. Principios informadores de la intervención administrativa.
- Artículo 57. Colaboración con la Administración sanitaria.
- Artículo 58. Información a la autoridad sanitaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 59. Agentes de la autoridad sanitaria.
- Artículo 60. Toma de muestras y control analítico. 3 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 61. Autorizaciones y registros sanitarios. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 62. Entidades colaboradoras de la Administración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 63. Medidas cautelares.
- Artículo 64. Gastos.
- Artículo 65. Multas coercitivas.
- TÍTULO V
- Artículo 66. Las infracciones.
- Artículo 67. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 68. Infracciones leves.
- Artículo 69. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 70. Infracciones muy graves.
- Artículo 71. Sanciones.
- Artículo 72. Graduación de las sanciones.
- Artículo 73. Concurrencia de sanciones.
- Artículo 74. Responsabilidad.
- Artículo 75. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 76. Procedimiento sancionador.
- Artículo 77. Órganos de la Generalidad competentes para imponer sanciones. 4 redacciones · cambió el 02/08/2019
- Artículo 78. Competencias sancionadoras de los entes locales.
- Artículo 79. Competencias sancionadoras de la Agencia de Salud Pública y Medio Ambiente de Barcelona.
- Artículo 80. Competencias sancionadoras del Consejo General de Arán.
- Disposición adicional primera. Agencia de Salud Pública y Medio Ambiente de Barcelona.
- Disposición adicional segunda. El Consejo General de Arán.
- Disposición adicional tercera. Extensión del ámbito de actuación de los equipos territoriales de salud pública. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición adicional cuarta. Compatibilidad del puesto de trabajo en la Agencia de Salud Pública de Cataluña con las funciones inherentes a la titularidad de una oficina de farmacia.
- Disposición adicional quinta. Sustitución de la estructura y la organización territorial de la Agencia de Protección de la Salud.
- Disposición adicional sexta. Supresión de las casas de socorro.
- Disposición transitoria primera. Funciones de la Agencia de Protección de la Salud y de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria.
- Disposición transitoria segunda. Adscripción de personal a la Agencia de Salud Pública de Cataluña.
- Disposición transitoria tercera. Procedimientos de la Ley 7/2003 con relación al personal que ejerce funciones en el ámbito de la salud pública.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 20/1985.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 15/1990.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 7/2003.
- Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma


