Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
Artículo 29. Los directores de los servicios regionales.
Artículo 29. Los directores de los servicios regionales.
(Derogado)
Se deroga por el art. 163.5.b) de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.
Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto-ley 5/2013, de 22 de octubre. BOE-A-2014-969.
Téngase en cuenta que, a causa de su no convalidación parlamentaria, este Decreto-ley queda derogado con fecha 9 de diciembre de 2013, por Resolución 477/X, de 13 de enero de 2014. (DOGC núm. 6545, de 22 de enero de 2014)
Se modifica el apartado 3 por el art. 35 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-548.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2013 | BOE-A-2014-969 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


