Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
Artículo 66. Las infracciones.
Artículo 66. Las infracciones.
Son infracciones en materia de salud pública las acciones u omisiones que vulneren lo establecido por la presente ley y las demás normas sanitarias aplicables. Las infracciones son objeto de las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otro orden que concurra.


