Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
Artículo 37. Presupuesto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de octubre de 2013 y la del 31 de enero de 2014.
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Artículo 37. Presupuesto.
1. El presupuesto de la Agencia de Salud Pública de Cataluña se rige por lo establecido por el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobada por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, o por las disposiciones legales que lo modifiquen o deroguen, y por las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalidad. (Derogado)
2. De acuerdo con la normativa aplicable a las modificaciones presupuestarias, el Consejo de Administración de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, a propuesta del director o directora, puede acordar transferencias de crédito dentro del presupuesto de la Agencia, de acuerdo con la normativa sobre modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2013 | BOE-A-2014-969 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


