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Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.

Artículo 37. Presupuesto.

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Artículo 37. Presupuesto.
1. El presupuesto de la Agencia de Salud Pública de Cataluña se rige por lo establecido por el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobada por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, o por las disposiciones legales que lo modifiquen o deroguen, y por las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalidad.
2. De acuerdo con la normativa aplicable a las modificaciones presupuestarias, el Consejo de Administración de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, a propuesta del director o directora, puede acordar transferencias de crédito dentro del presupuesto de la Agencia, de acuerdo con la normativa sobre modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
25 de octubre de 2013 BOE-A-2014-969 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2009 Texto original Leer

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