LexTotal

Legislación › Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.

Disposición adicional tercera. Extensión del ámbito de actuación de los equipos territoriales de salud pública.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de octubre de 2009 y la del 31 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (75 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Extensión del ámbito de actuación de los equipos territoriales de salud pública.
En los ámbitos territoriales en que, de acuerdo con lo establecido por el Decreto 38/2006, de 14 de marzo, por el que se regula la creación de gobiernos territoriales de salud, se hayan constituido gobiernos territoriales de salud, el equipo territorial de salud pública a que se refiere el artículo 30 de la presente ley debe extender su ámbito de actuación al territorio definido como alcance geográfico en el acuerdo de constitución del consorcio correspondiente. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-548 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2009 Texto original Leer

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →