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Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 18 de noviembre de 2009 · Último cambio el 31 de marzo de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Transmisiones de datos y documentos, incluidos certificados, entre órganos y organismos de la Administración General del Estado con ocasión del ejercicio reconocido por el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  6. TÍTULO II
  7. Artículo 3. Creación de la sede electrónica.
  8. Artículo 4. Características de las sedes electrónicas.
  9. Artículo 5. Condiciones de identificación de las sedes electrónicas y seguridad de sus comunicaciones.
  10. Artículo 6. Contenido y servicios de las sedes electrónicas. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
  11. Artículo 7. Reglas especiales de responsabilidad.
  12. Artículo 8. Directorio de sedes electrónicas.
  13. Artículo 9. Punto de acceso general de la Administración General del Estado.
  14. TÍTULO III
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 10. Firma electrónica de los ciudadanos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  17. Artículo 11. Otros sistemas de firma electrónica.
  18. Artículo 12. Disposiciones comunes al régimen de uso de la firma electrónica.
  19. Artículo 13. Habilitación para la representación de terceros. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  20. Artículo 14. Régimen de la representación habilitada ante la Administración. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  21. Artículo 15. Registro electrónico de apoderamientos para actuar ante la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes. 4 redacciones · cambió el 04/09/2018
  22. Artículo 16. Identificación y autenticación de los ciudadanos por funcionario público. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 17. Identificación de sedes electrónicas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
  25. Artículo 18. Certificados de sede electrónica de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
  26. Artículo 19. Sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico.
  27. Artículo 20. Sistemas de código seguro de verificación.
  28. Artículo 21. Firma electrónica mediante medios de autenticación personal.
  29. Artículo 22. Características de los sistemas de firma electrónica basados en certificados facilitados al personal de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos. 2 redacciones · cambió el 18/07/2015
  30. CAPÍTULO III
  31. Artículo 23. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación.
  32. Artículo 24. Política de firma electrónica y de certificados.
  33. Artículo 25. Plataformas de verificación de certificados y sistema nacional de verificación.
  34. TÍTULO IV
  35. Artículo 26. Registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  36. Artículo 27. Creación de registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  37. Artículo 28. Funciones de los registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  38. Artículo 29. Solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden ser rechazados en los registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  39. Artículo 30. Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones.
  40. Artículo 31. Creación, naturaleza y funcionamiento del Registro Electrónico Común. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  41. TÍTULO V
  42. CAPÍTULO I
  43. Artículo 32. Obligatoriedad de la comunicación a través de medios electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  44. Artículo 33. Modificación del medio de comunicación inicialmente elegido. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  45. Artículo 34. Comunicaciones entre los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
  46. CAPÍTULO II
  47. Artículo 35. Práctica de notificaciones por medios electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  48. Artículo 36. Elección del medio de notificación. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  49. Artículo 37. Modificación del medio de notificación.
  50. Artículo 38. Notificación mediante la puesta a disposición del documento electrónico a través de dirección electrónica habilitada.
  51. Artículo 39. Notificación mediante recepción en dirección de correo electrónico. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  52. Artículo 40. Notificación por comparecencia electrónica.
  53. TÍTULO VI
  54. CAPÍTULO I
  55. Artículo 41. Características del documento electrónico.
  56. Artículo 42. Adición de metadatos a los documentos electrónicos.
  57. Artículo 43. Copias electrónicas de los documentos electrónicos realizadas por la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
  58. Artículo 44. Copias electrónicas de documentos en soporte no electrónico.
  59. Artículo 45. Copias en papel de los documentos públicos administrativos electrónicos realizadas por la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
  60. Artículo 46. Destrucción de documentos en soporte no electrónico.
  61. CAPÍTULO II
  62. Artículo 47. Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos.
  63. CAPÍTULO III
  64. Artículo 48. Imágenes electrónicas aportadas por los ciudadanos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  65. CAPÍTULO IV
  66. Artículo 49. Obtención de copias electrónicas de documentos electrónicos.
  67. Artículo 50. Obtención de copias electrónicas a efectos de compulsa. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  68. CAPÍTULO V
  69. Artículo 51. Archivo electrónico de documentos.
  70. Artículo 52. Conservación de documentos electrónicos.
  71. CAPÍTULO VI
  72. Artículo 53. Formación del expediente electrónico.
  73. Disposición adicional primera. Procedimientos especiales. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  74. Disposición adicional segunda. Función estadística.
  75. Disposición adicional tercera. Directorio de sedes electrónicas. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  76. Disposición adicional cuarta. Conservación de la identificación de direcciones electrónicas.
  77. Disposición adicional quinta. Plataforma de verificación de certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
  78. Disposición adicional sexta. Ausencia de impacto presupuestario.
  79. Disposición transitoria primera. Sistemas de firma electrónica. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  80. Disposición transitoria segunda. Condiciones de seguridad de las plataformas de verificación. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  81. Disposición transitoria tercera. Sistema de notificación electrónica regulado en el artículo 38.2. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  82. Disposición transitoria cuarta. Adaptación de sedes electrónicas. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
  83. Disposición transitoria quinta. Adaptación en la Administración General del Estado en el Exterior.
  84. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  85. Disposición final primera. Sistema de notificación electrónica regulado en el artículo 38.2.
  86. Disposición final segunda. Punto de acceso general.
  87. Disposición final tercera. Registros electrónicos.
  88. Disposición final cuarta. Sedes electrónicas.
  89. Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo normativo.
  90. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  91. Firma
  92. [Información relacionada]