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Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 18 de noviembre de 2009 · Último cambio el 31 de marzo de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Transmisiones de datos y documentos, incluidos certificados, entre órganos y organismos de la Administración General del Estado con ocasión del ejercicio reconocido por el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- TÍTULO II
- Artículo 3. Creación de la sede electrónica.
- Artículo 4. Características de las sedes electrónicas.
- Artículo 5. Condiciones de identificación de las sedes electrónicas y seguridad de sus comunicaciones.
- Artículo 6. Contenido y servicios de las sedes electrónicas. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
- Artículo 7. Reglas especiales de responsabilidad.
- Artículo 8. Directorio de sedes electrónicas.
- Artículo 9. Punto de acceso general de la Administración General del Estado.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Firma electrónica de los ciudadanos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 11. Otros sistemas de firma electrónica.
- Artículo 12. Disposiciones comunes al régimen de uso de la firma electrónica.
- Artículo 13. Habilitación para la representación de terceros. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 14. Régimen de la representación habilitada ante la Administración. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 15. Registro electrónico de apoderamientos para actuar ante la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes. 4 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 16. Identificación y autenticación de los ciudadanos por funcionario público. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- CAPÍTULO II
- Artículo 17. Identificación de sedes electrónicas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
- Artículo 18. Certificados de sede electrónica de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
- Artículo 19. Sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico.
- Artículo 20. Sistemas de código seguro de verificación.
- Artículo 21. Firma electrónica mediante medios de autenticación personal.
- Artículo 22. Características de los sistemas de firma electrónica basados en certificados facilitados al personal de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos. 2 redacciones · cambió el 18/07/2015
- CAPÍTULO III
- Artículo 23. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación.
- Artículo 24. Política de firma electrónica y de certificados.
- Artículo 25. Plataformas de verificación de certificados y sistema nacional de verificación.
- TÍTULO IV
- Artículo 26. Registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 27. Creación de registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 28. Funciones de los registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 29. Solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden ser rechazados en los registros electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 30. Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones.
- Artículo 31. Creación, naturaleza y funcionamiento del Registro Electrónico Común. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 32. Obligatoriedad de la comunicación a través de medios electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 33. Modificación del medio de comunicación inicialmente elegido. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 34. Comunicaciones entre los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 35. Práctica de notificaciones por medios electrónicos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 36. Elección del medio de notificación. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 37. Modificación del medio de notificación.
- Artículo 38. Notificación mediante la puesta a disposición del documento electrónico a través de dirección electrónica habilitada.
- Artículo 39. Notificación mediante recepción en dirección de correo electrónico. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Artículo 40. Notificación por comparecencia electrónica.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 41. Características del documento electrónico.
- Artículo 42. Adición de metadatos a los documentos electrónicos.
- Artículo 43. Copias electrónicas de los documentos electrónicos realizadas por la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
- Artículo 44. Copias electrónicas de documentos en soporte no electrónico.
- Artículo 45. Copias en papel de los documentos públicos administrativos electrónicos realizadas por la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
- Artículo 46. Destrucción de documentos en soporte no electrónico.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 48. Imágenes electrónicas aportadas por los ciudadanos. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- CAPÍTULO IV
- Artículo 49. Obtención de copias electrónicas de documentos electrónicos.
- Artículo 50. Obtención de copias electrónicas a efectos de compulsa. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- CAPÍTULO V
- Artículo 51. Archivo electrónico de documentos.
- Artículo 52. Conservación de documentos electrónicos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 53. Formación del expediente electrónico.
- Disposición adicional primera. Procedimientos especiales. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición adicional segunda. Función estadística.
- Disposición adicional tercera. Directorio de sedes electrónicas. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición adicional cuarta. Conservación de la identificación de direcciones electrónicas.
- Disposición adicional quinta. Plataforma de verificación de certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
- Disposición adicional sexta. Ausencia de impacto presupuestario.
- Disposición transitoria primera. Sistemas de firma electrónica. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición transitoria segunda. Condiciones de seguridad de las plataformas de verificación. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición transitoria tercera. Sistema de notificación electrónica regulado en el artículo 38.2. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de sedes electrónicas. 3 redacciones · cambió el 04/09/2018
- Disposición transitoria quinta. Adaptación en la Administración General del Estado en el Exterior.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Sistema de notificación electrónica regulado en el artículo 38.2.
- Disposición final segunda. Punto de acceso general.
- Disposición final tercera. Registros electrónicos.
- Disposición final cuarta. Sedes electrónicas.
- Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
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