Legislación › Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.
Artículo 10. Información contenida en la inscripción de medidas cautelares, requisitorias, autos de rebeldía o sentencias no firmes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de diciembre de 2011 y la del 29 de julio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 10. Información contenida en la inscripción de medidas cautelares, requisitorias, autos de rebeldía o sentencias no firmes.
Cuando se trate de medidas cautelares, requisitorias, autos de rebeldía o Sentencias No Firmes impuestas a personas físicas mayores de edad y, en su caso, a personas jurídicas y entes sin personalidad se inscribirán, además, los siguientes datos:
a) Medidas cautelares, personales o reales y órdenes de protección en los procedimientos de violencia doméstica o de género, indicando fecha de adopción, de notificación al sometido a la medida u orden de protección y de cancelación y, en su caso tipo, contenido, ámbito y duración, así como sus modificaciones o sustituciones, y delito o falta objeto del procedimiento. En relación con las órdenes de protección se indicará la situación y origen de la solicitud.
b) Sentencias No Firmes indicando órgano enjuiciador, procedimiento, fecha de la misma y, en su caso, delitos o faltas declaradas, delitos, penas o medidas de seguridad impuestas, su duración o cuantía.
c) Órdenes de busca, Requisitorias, indicando el órgano judicial que la acuerda, fecha de la misma, tipo de procedimiento, delito objeto del procedimiento, pena procedimiento y duración fecha de la misma. cese.
d) Órdenes europeas de detención detención, búsqueda internacional, averiguación de paradero y entrega búsqueda y detención internacional emitidas por las autoridades judiciales españolas.
e) Auto de rebeldía indicando fecha del auto y de su anulación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-14085 | Leer | Qué cambió |
| 22 de diciembre de 2011 | BOE-A-2011-18912 | Leer | Qué cambió |
| 8 de febrero de 2009 | Texto original | Leer |


