Legislación › Real Decreto
Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.
En vigor Ministerio de Justicia · Publicada el 7 de febrero de 2009 · Último cambio el 9 de julio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto. 4 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 2. Naturaleza del sistema de registros de apoyo a la Administración de Justicia. 5 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 3. Información procedente de órganos jurisdiccionales extranjeros.
- Artículo 4. Organización. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Acceso general a la información contenida en el Sistema de Registros. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 6. Acceso a la información contenida en el Registro Central de Penados y en el Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes. 4 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 7. Acceso a la información contenida en el Registro Central de Protección a las Victimas de la Violencia Doméstica y de Género. 4 redacciones · cambió el 09/07/2025
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Información de carácter general contenida en los Registros integrados en el Sistema. 3 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 9. Información contenida en la inscripción de sentencias firmes. 5 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 10. Información contenida en la inscripción de medidas cautelares, requisitorias, autos de rebeldía o sentencias no firmes. 3 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 11. Información contenida en las inscripciones en el Registro Central de Sentencias Firmes de Menores.
- Artículo 12. Información contenida en las inscripciones en el Registro Central de Rebeldes Civiles.
- Artículo 13. Inclusión de datos en el sistema. 3 redacciones · cambió el 18/09/2024
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Seguridad del sistema.
- Artículo 15. Seguridad de los datos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 16. Certificación de los datos inscritos en el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia. 3 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 17. Certificación a petición del titular interesado. 4 redacciones · cambió el 09/07/2025
- CAPÍTULO VI
- Artículo 18. Normas generales de cancelación o rectificación de inscripciones. 3 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 19. Cancelación de inscripciones de antecedentes penales. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 20. Cómputo del plazo de cancelación de inscripciones de penas suspendidas.
- Artículo 21. Comunicación telemática del expediente de cancelación. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 22. Cancelación de inscripciones de medidas cautelares, órdenes de protección, órdenes de busca, Sentencias No Firmes y autos de rebeldía penal. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 23. Cancelación de las inscripciones de rebeldes civiles. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 24. Cancelación de las inscripciones del Registro Central de Menores. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 25. Efectos de la cancelación.
- Artículo 26. Tutela de derechos. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Artículo 27. Información estadística. 2 redacciones · cambió el 02/12/2011
- Artículo 28. Cancelación de inscripciones de sentencias firmes en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género.
- Disposición adicional primera. Comunicación de las órdenes de protección a las Administraciones públicas competentes en materia de protección social. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Disposición adicional segunda. Prestación de consentimiento. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Disposición adicional tercera. Jurisdicción militar.
- Disposición adicional cuarta. Fondo documental de requisitorias.
- Disposición adicional quinta. Uso de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración del Estado por parte de las Administraciones Públicas.
- Disposición adicional sexta. Condiciones técnicas generales para el acceso a SIRAJ.
- Disposición transitoria primera. Comunicaciones anteriores a la entrada en vigor del real decreto. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Disposición transitoria segunda. Inscripción de medidas cautelares personales, requisitorias y Sentencias No Firmes acordadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto.
- Disposición transitoria tercera. Inscripción de penas derivadas de la comisión de una falta en los Registros de Penados y Rebeldes y Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes.
- Disposición transitoria cuarta. Referencias al Registro Central de Menores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Disposición final tercera. Alimentación automática de la información contenida en el Sistema. 2 redacciones · cambió el 09/07/2025
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


