Legislación › Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad.
Artículo 5. Vicepresidencias.
Artículo 5. Vicepresidencias.
1. Ejercerá la vicepresidencia primera la persona titular de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, quien sustituirá a la persona titular de la presidencia en los casos de vacancia, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
2. Ejercerá la vicepresidencia segunda la persona titular de la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad, quien sustituirá a la persona titular de la presidencia en los casos de vacancia, ausencia, enfermedad u otra causa legal y en defecto de la persona titular de la vicepresidencia primera.
3. Ejercerá la vicepresidencia tercera una persona representante del sector asociativo de las personas con discapacidad y de sus familias, elegida por y entre las personas titulares de las vocalías de las organizaciones representadas en el Consejo, quienes, igualmente, elegirán a una persona suplente para los casos de ausencia, vacante o enfermedad.
4. Las personas titulares de las vicepresidencias primera y segunda, además de las funciones señaladas en los apartados anteriores, desempeñarán aquellas otras que les sean delegadas por la persona titular de la presidencia y cuantas sean inherentes a su condición.
5. La persona titular de la vicepresidencia segunda será sustituida por una persona suplente, nombrada por la persona titular del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con rango de titular de una dirección general de dicho Ministerio, en los casos de vacancia, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
Se modifican los apartados 1, 2 y 5 por el art. 4.3 del Real Decreto 369/2021, de 25 de mayo. BOE-A-2021-8750
Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. 4.1 del Real Decreto 1146/2012, de 27 de julio. BOE-A-2012-11211.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-8750 | Leer | Qué cambió |
| 31 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-11211 | Leer | Qué cambió |
| 27 de diciembre de 2009 | Texto original | Leer |


