Legislación › Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad.
Disposición adicional tercera. Referencias a determinados órganos administrativos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de agosto de 2012 y la del 27 de mayo de 2021.
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Disposición adicional tercera. Referencias a determinados órganos administrativos.
Las referencias que en este real decreto se realizan al Ministerio de Sanidad y Política Social, a la Secretaría General de Política Social y Consumo y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad, se entenderán hechas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y a la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad. (Suprimida).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-8750 | Leer | Qué cambió |
| 31 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-11211 | Leer |
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