Legislación › Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas, así como sobre los altos cargos de las entidades supervisadas.
Norma sexta. Presentación de la información en el Banco de España
Norma sexta. Presentación de la información en el Banco de España
1. La presentación al Banco de España de la información a la que se refiere la norma tercera de esta circular deberá hacerse mediante transmisión telemática, de conformidad con las especificaciones técnicas que se comuniquen al efecto. Excepcionalmente, y solo por causas debidamente justificadas, el Departamento de Información Financiera y CIR podrá autorizar la presentación de la información en papel.
2. El Banco de España podrá elaborar aplicaciones técnicas para facilitar la confección de la información que se le deba remitir.
Se modifica por la disposición final primera de la Circular 1/2024, de 26 de enero. BOE-A-2024-1867
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de febrero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-1867 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 2010 | Texto original | Leer |


