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Legislación › Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería.

Artículo 15. Ascenso a los diferentes empleos

Artículo 15. Ascenso a los diferentes empleos

1. Los ascensos a los diferentes empleos se efectuarán aplicando los siguientes sistemas:

a) A los empleos de oficiales generales: el de elección.

b) A coronel: el de elección.

c) A teniente coronel y a comandante: el de clasificación.

d) A capitán: el de antigüedad.

e) A suboficial mayor: el de elección.

f) A subteniente y brigada: el de clasificación.

g) A sargento primero: el de antigüedad.

h) A cabo mayor: el de elección.

i) A cabo primero: el de concurso-oposición.

j) A cabo: el de concurso o concurso-oposición.

2. Los ascensos al empleo de teniente coronel en las escalas técnicas de los cuerpos de ingenieros y en la escala de oficiales enfermeros se efectuarán por el sistema de elección.

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