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Legislación › Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia.

Artículo 26. Secretaría.

Artículo 26. Secretaría.

Son atribuciones y obligaciones de la persona titular de la Secretaría:

a) Recibir y dar cuenta de la correspondencia y de los asuntos que hayan de tratarse en las Juntas.

b) Redactar y certificar las actas.

c) Extender y firmar las certificaciones y demás documentos que se hayan de expedir.

d) Actuar como Secretario en el Pleno y, en general, como fedatario de la Institución.

e) Cuidar y mantener la publicación periódica de las actividades de la Academia.

f) Redactar y presentar la Memoria anual de las actividades de la Academia, que será leída en la sesión extraordinaria de apertura de curso.

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