Legislación › Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Artículo 9. Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Artículo 9. Ministerio de Trabajo e Inmigración.
1. El Ministerio de Trabajo e Inmigración es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia laboral, de ordenación y regulación del empleo y de Seguridad Social, así como del desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración.
2. El Ministerio de Trabajo e Inmigración se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
b) La Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.


