Legislación › Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos.
Disposición adicional primera. Medidas con relación al Instituto Catalán del Suelo.
Disposición adicional primera. Medidas con relación al Instituto Catalán del Suelo.
1. Se autoriza al Instituto Catalán del Suelo (Incasol) a entregar a los ayuntamientos los fondos que dispone el artículo 21.
2. Se añade una nueva letra, la m bis, al apartado 1 del artículo 3 de la Ley 4/1980, de 16 de diciembre, de creación del Instituto Catalán del Suelo, con el siguiente texto:
«m.bis) Adoptar medidas de apoyo, tanto técnico como económico y financiero, para el impulso de la finalización de procesos de urbanización.»


