Legislación › Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos.
Disposición adicional única. No asunción por el Estado de obligaciones contraídas por las Entidades locales.
Disposición adicional única. No asunción por el Estado de obligaciones contraídas por las Entidades locales.
El Estado no asumirá ni responderá, en virtud de lo dispuesto en el presente Real Decreto-ley, de las obligaciones contraídas por las entidades locales y de los entes vinculados o dependientes de aquéllas, de conformidad con lo establecido por la disposición adicional única del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre.


