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Legislación › Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón.

Artículo 18. Del Pleno y de la Comisión.

Artículo 18. Del Pleno y de la Comisión.

1. El Consejo Consultivo de Aragón actuará en Pleno y en Comisión.

2. El Pleno lo forman el Presidente y todos los miembros.

3. La Comisión la forman el Presidente y los miembros nombrados por ser juristas de reconocido prestigio y experiencia profesional.

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