Legislación › Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León.
Artículo 57 bis. Aprovechamientos maderables y leñosos de turno corto o domésticos de menor cuantía.
Artículo 57 bis. Aprovechamientos maderables y leñosos de turno corto o domésticos de menor cuantía.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio. BOCL-h-2022-90195
Se añade por el art. 4.4 de la Ley 6/2017, de 20 de octubre. BOE-A-2017-12951
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de junio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-90195 | Leer | Qué cambió |
| 26 de octubre de 2017 | BOE-A-2017-12951 | Leer |


