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Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 15 de mayo de 2009 · Último cambio el 22 de marzo de 2011 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Sección 1
  5. Artículo 1. Criterios técnicos de solvencia económica y financiera.
  6. Artículo 2. Justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
  7. Artículo 3. Comprobación de los datos de solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
  8. Sección 2
  9. Artículo 4. Revisión de oficio de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
  10. Artículo 5. Expedientes de revisión de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
  11. Artículo 6. Informes y propuestas de resolución.
  12. Artículo 7. Recursos.
  13. CAPÍTULO II
  14. Sección 1
  15. Artículo 8. Régimen organizativo.
  16. Artículo 9. Clases de inscripciones.
  17. Sección 2
  18. Artículo 10. Inscripción de la clasificación.
  19. Artículo 11. Práctica de la inscripción de la clasificación.
  20. Artículo 12. Inscripción de las prohibiciones de contratar.
  21. Artículo 13. Práctica de la inscripción.
  22. Artículo 14. Efectos de la inscripción de las prohibiciones de contratar.
  23. Sección 3
  24. Artículo 15. Actos inscribibles voluntariamente.
  25. Artículo 16. Circunstancias de las inscripciones voluntarias.
  26. Artículo 17. Práctica de las inscripciones voluntarias.
  27. Artículo 18. Obligaciones de los empresarios inscritos.
  28. Artículo 19. Efectos de la inscripción en el Registro.
  29. Artículo 20. Certificaciones relativas a las inscripciones.
  30. CAPÍTULO III
  31. Artículo 21. Composición de las mesas de contratación.
  32. Artículo 22. Funciones de las mesas de contratación.
  33. Artículo 23. Mesa de diálogo competitivo.
  34. Artículo 24. Mesa de contratación del sistema estatal de contratación centralizada.
  35. CAPÍTULO IV
  36. Artículo 25. Órgano competente para la valoración.
  37. Artículo 26. Presentación de la documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
  38. Artículo 27. Apertura de los sobres.
  39. Artículo 28. Composición del comité de expertos.
  40. Artículo 29. Designación de los órganos que deban efectuar la valoración.
  41. Artículo 30. Práctica de la valoración.
  42. CAPÍTULO V
  43. Artículo 31. Contenido de las comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público.
  44. Disposición adicional única. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
  45. Disposición transitoria primera. Comunicación de datos al Registro de Contratos del Sector Público.
  46. Disposición transitoria segunda. Régimen Transitorio de las normas relativas al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
  47. Disposición transitoria tercera. Mesas de contratación actualmente constituidas.
  48. Disposición transitoria cuarta. Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
  49. Disposición derogatoria única.
  50. Disposición final primera. Normas de carácter básico y no básico.
  51. Disposición final segunda. Modelos de anuncios. 2 redacciones · cambió el 22/03/2011
  52. Disposición final tercera. Anexos I y II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
  53. Disposición final cuarta. Anexos I, II.A y II.B de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del Agua, la Energía, el Transporte y los Servicios Postales.
  54. Disposición final quinta. Modificación del artículo 179.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
  55. Disposición final sexta. Modificación del artículo 28.4 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre.
  56. Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno de la Intervención General de la Seguridad Social.
  57. Disposición final octava. Entrada en vigor.
  58. Firma
  59. ANEXO I
  60. ANEXO II
  61. ANEXO III
  62. APÉNDICE
  63. SECCIÓN PRIMERA
  64. ANEXO I
  65. ANEXO II
  66. SECCIÓN SEGUNDA
  67. ANEXO I
  68. ANEXO II A
  69. ANEXO II B