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Legislación › Ley 2/2009, de 19 de marzo, de rehabilitación y mejora de barrios de los municipios de las Illes Balears.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

Los principios de complementariedad y de coordinación, en coherencia con los objetivos previstos en esta ley, deben informar todas las actuaciones que desarrollen las consejerías de la Administración de la comunidad autónoma, en el marco de las respectivas competencias orgánicas, en el ámbito de la rehabilitación y mejora de barrios considerados de atención especial.

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