Legislación › Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado.
Artículo 14. Formato y conservación del manual del aeropuerto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de junio de 2009 y la del 26 de agosto de 2011.
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Artículo 14. Inicio Formato y conservación del procedimiento de certificación. manual del aeropuerto.
1. El procedimiento de certificación se iniciará mediante solicitud dirigida gestor certificado deberá proporcionar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea un ejemplar impreso y un ejemplar en la que deberá constar: formato electrónico, completo y
a) Denominación, direccióntitularidad actualizado en todo momento del manual del aeropuerto.
b) Nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad, para ciudadanos españoles o, en caso de extranjeros, Número de Identidad de Extranjero (NIE) del 2. El gestor de aeropuerto, o razón social, Número de Identificación Fiscal certificado deberá conservar, al menos, un ejemplar completo y denominación actualizado del mismo si es persona jurídica. manual del
c) Título jurídico en virtudcual aeropuerto en el titular del propio aeropuerto designa al solicitante como gestor de aeropuerto, indicando las normas o reglamentos de referencia y su período de designación. certificado y
d) Documentación que recoja la nacionalidad del gestor y la composición de su accionariadodel consejo de administración, otro en su caso. oficina principal, si
e) Nombre, apellidos y acreditación de la representación del firmante de la solicitud,actúa como apoderado del gestor aeroportuario. ésta no
2. En caso que la solicitud de certificaciónreuniese los requisitos señalados en el apartado anterior, se estará a lo dispuesto encuentra emplazada en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. aeropuerto certificado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2011 En vigor | BOE-A-2011-15357 | Leer | Qué cambió |
| 26 de agosto de 2011 | BOE-A-2011-14118 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


