Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Artículo 30. Fuero procesal.
Artículo 30. Fuero procesal.
El Presidente o la Presidenta y los demás miembros del Gobierno gozarán de las prerrogativas reconocidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón.
Se modifica por el art. único.5 de la Ley 4/2021, de 29 de junio. BOE-A-2021-12700
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-12700 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


