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Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Disposición adicional sexta. Desistimiento de recursos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma.

Disposición adicional sexta. Desistimiento de recursos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12.34) de esta Ley, la no interposición de recursos o el desistimiento a los ya interpuestos por la Dirección General de Servicios Jurídicos contra las resoluciones judiciales desfavorables para la Administración de la Comunidad Autónoma se regulará por su normativa específica.

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