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Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los procedimientos.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los procedimientos.

A los procedimientos de elaboración de anteproyectos de ley y de disposiciones de carácter general ya iniciados a la entrada en vigor de la presente Ley no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.

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