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Legislación › Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Disposición transitoria novena. Obtención de permiso de conducción de clase AM.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de diciembre de 2009 y la del 31 de diciembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (40 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria novena. Obtención de permiso de conducción de clase AM.
Hasta el 1 de septiembre de 2010 podrá obtenerse el permiso de conducción de la clase AM a partir de los catorce años cumplidos, si bien éste no autorizará a transportar pasajeros hasta que su titular tenga dieciocho años cumplidos. (Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-12572 Leer Qué cambió
8 de diciembre de 2009 Texto original Leer

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